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El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile ha establecido una nueva normativa para regular los establecimientos nacionales que elaboran alimentos para animales. La Resolución Exenta Nº 3.891 de 2024 crea un Listado de Establecimientos Nacionales Elaboradores de Alimentos para Animales (LENAA), con el objetivo de garantizar la calidad y la transparencia en la producción de alimentos para animales en el país. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta nueva normativa.
Antecedentes y Marco Legal
La resolución se basa en una serie de normativas vigentes, incluyendo:
El DFL RRA Nº 16 de 1963, que establece normas sobre sanidad y protección animal.
La ley Nº 18.755, que regula el Servicio Agrícola y Ganadero.
El Reglamento de Alimentos para Animales, aprobado por el decreto Nº 4 de 2016 del Ministerio de Agricultura.
Diversas resoluciones del SAG que establecen requisitos y regulaciones para la producción de alimentos y suplementos para animales.
Creación del Listado LENAA
Establecimiento del Listado LENAA:
Se crea el Listado de Establecimientos Nacionales Elaboradores de Alimentos para Animales (LENAA), que agrupará a todos los productores nacionales de alimentos completos, suplementos, aditivos e ingredientes destinados a la alimentación animal.
Incorporación al Listado:
Para ingresar al LENAA, los establecimientos deben comunicar el inicio de sus actividades al SAG, ya sea en la oficina correspondiente a su domicilio o a través de la plataforma Cerofilas. Una vez que se verifique el cumplimiento de los requisitos, se emitirá una resolución de inscripción, otorgando al establecimiento un número oficial único.
Publicación y Actualización:
El listado se publicará en el sitio web institucional del SAG y se actualizará de manera periódica para reflejar los cambios y actualizaciones de los establecimientos registrados.
Requisitos y Modificaciones al LENAA
Información del Establecimiento:
La resolución de inscripción debe incluir detalles sobre el tipo de productos elaborados (alimentos completos, suplementos, ingredientes de origen vegetal o animal), la especie de destino y si el establecimiento produce alimentos medicados.
Modificación de la Inscripción:
Los establecimientos pueden solicitar modificaciones a su inscripción por cambios en la razón social, ampliaciones o reducciones de actividades, siempre que se mantenga el mismo número oficial asignado.
Suspensión y Eliminación del Listado
Causales de Suspensión:
Un establecimiento puede ser suspendido temporalmente del LENAA por incumplimientos normativos, imposibilidad de realizar inspecciones o cualquier otra causa que el SAG considere justificada.
Causales de Eliminación:
Los motivos de eliminación incluyen incumplimientos reiterados, cierre voluntario del establecimiento, cambio de RUT de la empresa o la negativa a permitir fiscalizaciones. En estos casos, el establecimiento será eliminado del listado y su número oficial no podrá ser reutilizado.
Conclusión
La creación del LENAA busca mejorar la supervisión y regulación de los establecimientos que producen alimentos para animales en Chile, asegurando que cumplan con los estándares de calidad y normativas vigentes. Esta medida refuerza la transparencia y la confianza en la industria de alimentos para animales, beneficiando tanto a los productores como a los consumidores.
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